El Tribunal Supremo establece que los gastos de tasación corresponden a los Bancos

El Tribunal Supremo establece que los gastos de tasación corresponden a los Bancos

La sentencia 35/2021, de 27 de enero de 2021, del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha resuelto sobre los efectos económicos de la declaración de nulidad de la cláusula de gastos de los préstamos hipotecarios entre bancos y consumidores. El alto tribunal dictamina que los gastos de tasación, cuando no sea aplicable la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, incumben al banco y no al consumidor.

Con esta sentencia quedan resueltas por la Sala de lo Civil todas las consecuencias de la nulidad de las cláusulas que imponen a los consumidores los gastos de formalización del préstamo hipotecario.

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