Exención en el IRPF de dos años si vendes tu casa para comprar una en construcción

Exención en el IRPF de dos años si vendes tu casa para comprar una en construcción

El Tribunal Supremo ha sentado un criterio muy favorable para los contribuyentes. Ha establecido que el plazo para reinvertir el dinero obtenido de la venta de la vivienda habitual en otra que esté en construcción es de dos años contados desde la transmisión de la casa, con el fin de disfrutar de la exención por reinversión en el IRPF, es decir, que los contribuyentes estarán exentos de tributar la ganancia patrimonial obtenida de la venta en el IRPF.

Además, es suficiente con que en dicho plazo el contribuyente reinvierta el importe correspondiente y sin necesidad de que tenga el dominio de la nueva casa o de que la construcción haya concluido (aunque las obras deben concluir en un plazo no superior a cuatro años desde que se inicia la inversión).

El Alto Tribunal deja claro en una sentencia del 17 de febrero de 2021 (recurso 6309/2019) que el plazo de reinversión es de dos años y que no es necesario que en este plazo se produzca la adquisición jurídica de la casa. Considera que la única exigencia prevista en la norma para disfrutar de la exención en el IRPF es que el importe obtenido en la venta se reinvierta en menos de dos años a contar desde la fecha de dicha venta.

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