MODIFICACIÓN DE MEDIDAS

Si con posterioridad a que se dicte sentencia de separación, divorcio o medidas paterno-filiales cambiaran las circunstancias de alguno de los progenitores o de los hijos, es necesario acudir al procedimiento de modificación de medidas para adaptarlas a una nueva situación.

¿Qué requisitos son necesarios para que se produzca la modifiación de medidas?

1º- Que haya tenido lugar un cambio en el conjunto de circunstancias consideradas al tiempo de adoptarse las medidas.

2º- Que el cambio de circunstancias sea sustancial, importante o fundamental.

3º-  Que la alteración afecte a las circunstancias que fueron tenidas en cuenta por las partes ( en el procedimiento de muto acuerdo) o el Juez (en el procedimiento contencioso) en la adopción de las medidas e influyeron como un presupuesto de su determinación.

4º-  Que la alteración de las circunstancias evidencie signos de permanencia de modo que permita distinguirla de un cambio meramente transitorio de las circunstancias tenidas en cuenta en la adopción de las medidas.

¿Cuáles son las medidas que más frecuentemente se solicita modificar?

Pensión Alimenticia. Una de las causas más frecuentes que propicia la iniciación de este procedimiento es la reducción de ingresos del obligado al pago de la pensión de alimentos fijada en sentencia judicial, buscando de este modo aminorar la cuantía en atención a las nuevas circunstancias económicas.

Es importante iniciar cuanto antes este procedimiento judicial para evitar incumplir las obligaciones impuestas por sentencia judicial, y evitar de este modo enfrentarnos a una demanda de ejecución, y en algunos casos, a un procedimiento penal.

Régimen de Custodia. Es habitual que el progenitor no custodio de los hijos solicite el cambio de la custodia monoparental a una custodia compartida, motivada por ejemplo, en el deseo de los menores (mayores de 12 años), o en un nuevo horario laboral que permite al progenitor hacerse cargo de los hijos en las mismas circunstancias que el custodio,.

En todo caso, la modificación se podrá solicitar en relación a cualquiera de las medidas establecidas en la sentencia de separación, divorcio o de medidas paternofiliales; régimen de visitas, atribución de la vivienda familiar, etc… .

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Si está valorando solicitar un cambio de medidas, póngase en contacto con SERLEGAL para ser informado del procedimiento a seguir y los costes del mismo.

SERLEGAL.- Tlf: 911963922 / 615611162 – Email: info@serlegal.es 

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